La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reforma electoral de San Luis Potosí, que contempla cambios en la integración de los ayuntamientos y la posibilidad de que quienes aspiren a cargos de elección popular se sometan voluntariamente a evaluaciones de control de confianza.
La determinación fue destacada por el diputado Héctor Serrano Cortés, secretario de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) del Congreso del Estado, quien señaló que la resolución da certeza jurídica a las modificaciones aprobadas por la LXIV Legislatura.
Entre los cambios que permanecen vigentes se encuentra la reducción de dos a una sindicatura por ayuntamiento, así como la incorporación de mecanismos electrónicos para el registro de candidaturas y las evaluaciones voluntarias de control de confianza.
Sobre este último punto, la legislación establece que las personas aspirantes pueden decidir libremente si se someten a dichas pruebas. Su participación no constituye un requisito de elegibilidad ni una condición para obtener el registro de una candidatura, por lo que negarse a realizarlas no puede generar consecuencias jurídicas en su contra.
Asimismo, la autoridad electoral únicamente recibirá la certificación correspondiente, sin tener acceso al contenido de las evaluaciones, cuya información deberá mantenerse bajo confidencialidad.
Serrano Cortés consideró que estos mecanismos pueden ofrecer a la ciudadanía elementos adicionales para conocer a quienes buscan ocupar cargos públicos. También señaló que las impugnaciones contra las reformas forman parte de los procedimientos institucionales para revisar la constitucionalidad de las disposiciones legislativas.
La Suprema Corte resolvió las acciones de inconstitucionalidad 94/2026 y 98/2026, promovidas contra el Decreto 0571, mediante el cual se modificaron disposiciones de la Constitución estatal, la Ley Electoral, la Ley Orgánica del Municipio Libre y la Ley de Control de Confianza.
La resolución también abordó los señalamientos relacionados con la falta de consultas a pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y personas con discapacidad, así como la legalidad del procedimiento legislativo.
Con esta determinación, las modificaciones electorales se mantienen vigentes y formarán parte del marco normativo aplicable al proceso electoral local de 2027.
Mas de esta seccion: Estado
Notas relacionadas
Nota:Este espacio es para que opines con responsabilidad, sin ofensas, vulgaridad o difamación. Cualquier comentario que no cumpla con estas características apropiadas, será eliminado definitivamente.