La Comisión de Fomento al Turismo del Congreso del Estado aprobó un dictamen para reformar el artículo 67 de la Ley de Turismo de San Luis Potosí, con el propósito de incorporar expresamente la obligación de los prestadores de servicios turísticos de inscribirse en el Registro Nacional de Turismo.
La iniciativa, promovida por la diputada María Aranzazu Puente Bustindui, presidenta de dicha comisión, busca armonizar la legislación estatal con la Ley General de Turismo, que ya contempla este requisito para quienes desarrollan actividades relacionadas con el sector.
La legisladora explicó que la modificación permitirá dar mayor claridad a los prestadores de servicios turísticos sobre sus obligaciones legales y establecer congruencia entre las disposiciones estatales y federales.
El dictamen establece que la inscripción deberá realizarse conforme a los términos y plazos previstos en la Ley General de Turismo y demás disposiciones aplicables, con el fin de evitar la duplicidad de requisitos y procedimientos en la normativa estatal.
La reforma también mantiene la obligación de cumplir con las demás disposiciones legales aplicables a los prestadores de servicios turísticos.
Tras su aprobación en la Comisión de Fomento al Turismo, el dictamen será turnado al Pleno del Congreso del Estado, donde deberá ser sometido a votación para determinar si se convierte en una reforma a la legislación estatal.
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