La Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal de San Luis Potosí en materia de feminicidio, con las que se busca ampliar y actualizar las circunstancias que permiten acreditar este delito por razones de género.

La diputada María Leticia Vázquez Hernández, presidenta de dicha comisión legislativa, explicó que las modificaciones contemplan una mayor precisión de los vínculos afectivos, sentimentales o de confianza entre la víctima y el agresor, incluyendo parentesco, matrimonio, concubinato, noviazgo, cohabitación, amistad y relaciones de subordinación o superioridad.

Entre los cambios propuestos también se encuentra ampliar los antecedentes de violencia para incluir los ámbitos comunitario, institucional, político, digital, mediático y religioso, además de reconocer aquellos casos que no hayan sido denunciados previamente.

El dictamen contempla incorporar agresiones, intimidación, hostigamiento, lesiones y violencia política, así como ampliar las circunstancias relacionadas con la exposición del cuerpo de la víctima, incluyendo su entierro u ocultamiento en lugares privados, además de los espacios públicos.

Asimismo, se propone considerar situaciones de indefensión o desprotección real, como embarazo, edad, discapacidad, dependencia de cuidados o consumo de sustancias.

Otro de los aspectos relevantes es que se contempla el antecedente de desaparición de la víctima, cuando haya sido reportada como desaparecida o haya sido objeto de búsqueda por parte de familiares, particulares o autoridades, antes de la localización de su cuerpo o restos.

En cuanto a las sanciones, se mantiene la pena de 40 a 60 años de prisión, además de una multa de 4 mil a 6 mil días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Sin embargo, se plantea incrementar la pena hasta en una tercera parte de su mínimo y máximo cuando exista la participación de varios responsables, el delito ocurra en contextos de trata de personas o explotación sexual, sea cometido en presencia de personas con quienes la víctima tenga vínculos familiares, afectivos o de confianza, o cuando la víctima sea niña o adolescente.

Tras su aprobación en la Comisión Primera de Justicia, el dictamen será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y votación correspondiente.

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