Se presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, iniciativa que propone reformar el artículo 183 del Código Penal del Estado con el objetivo de armonizarlo con lo dispuesto en la Ley General de Salud y así, evitar cualquier tipo de ambigüedad al momento de su interpretación.

Se propone que, el artículo 183 del Código Penal del Estado, establezca penas sobre el consumo de sustancias tóxicas tal como se encuentra actualmente y se adicione la referencia hacia los estupefacientes y psicotrópicos que determine la Ley General de Salud.

Con lo anterior, no solo se armoniza este ordenamiento con lo dispuesto en la Ley General de Salud, sino que también se establecen medidas precisas que permitan cuidar de mejor manera a la población.

En este sentido, en el primer párrafo del artículo 183 del Código Penal del Estado, se establecen las penas para la persona que induzca, procure, facilite y obligue a un menor de dieciocho años de edad, a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o a personas que no tengan capacidad para resistir el consumir sustancias tóxicas.

Además de hacer mención al término: "otras sustancias que produzcan efectos similares" dejando un amplio espectro para la ambigüedad o una mala interpretación en su uso.

A pesar de que las sustancias tóxicas producen efectos perjudiciales sobre un ser vivo al entrar en contacto con él, no son las únicas que le pueden hacer daño y ser perjudiciales a la salud, por lo que se incluye a los estupefacientes y los psicotrópicos dañinos que establecen de manera clara las autoridades de salud mexicanas.

La iniciativa fue turnada a la comisión de Justicia del Congreso del Estado para su análisis y posteriormente ser enviada al pleno del Poder Legislativo para su discusión y en su caso ser votada.

Mas de esta seccion: Estado


Nota:Este espacio es para que opines con responsabilidad, sin ofensas, vulgaridad o difamación. Cualquier comentario que no cumpla con estas características apropiadas, será eliminado definitivamente.