Con el fin de que todas las escuelas en el estado de San Luis Potosí cuenten con Protocolo de Seguridad y Protección Escolar, el diputado Alejandro Leal Tovías impulsa una iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 1, 4, 8, 11, 21, 23, 28 y 29 de la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado y Municipios del Estado de San Luis Potosí.

La iniciativa busca incorporar el Protocolo de Protección, Prevención y Seguridad Escolar, entendido como el conjunto de reglas, conductas y acciones que es importante observar para prevenir atender, gestionar y resolver de manera exitosa una crisis determinada en los centros educativos, ya sea causada por fenómenos naturales o por el ser humano.

Su finalidad es la de precisar las acciones que deberán ser observadas por la comunidad escolar antes, durante y después del surgimiento de una contingencia natural o causado por el ser humano y que atenten contra la integridad y seguridad de dicha comunidad.

Se indica que el Consejo Estatal de Prevención y Seguridad Escolar tendrá entre sus facultades: instrumentar los protocolos de protección, prevención y seguridad escolar, atendiendo a las características especiales propias de cada centro escolar.

Dichos protocolos deberán contener los lineamientos de actuación de los integrantes de la comunidad escolar en al menos las siguientes contingencias o situaciones de riesgo: accidente o lesión; amenaza de daño en las instalaciones o a las personas de la comunidad educativa; contingencia meteorológica; sismos; presencia de fauna silvestre potencialmente dañina, disturbio o despliegue de fuerzas de seguridad.

Además, presencia o utilización al interior de las instalaciones educativas de arma de fuego, objeto explosivo o inusual en el plantel; extorsión telefónica; fuga de gas o algún tipo químico; incendio; menores en el plantel fuera del horario escolar; violencia y acoso escolar, recomendaciones para directivos y prestadores del servicio de transporte escolar, recomendaciones a los padres de familia ante una situación de emergencia, recomendaciones a maestros y directores en caso de situaciones emergentes, lineamientos de información, comunicación y respuesta, y cualquier otra recomendación que las amenazas futuras hagan vigente y necesarias.

La iniciativa propone que corresponderá al Director del plantel educativo, en su calidad de representante ante el Comité de Prevención y Seguridad Escolar de su plantel, el vigilar que a partir del primer día del ciclo escolar se realicen las acciones de conocimiento entre la comunidad educativa, respecto a los protocolos de protección, prevención y seguridad escolar. Para ello podrá hacer uso de todos los medios institucionales y sociales de difusión, misma que será de forma permanente.

En su exposición de motivos, el legislador indica que es importante que cada una de las escuelas tenga conocimiento de las situaciones de riesgo en las que se encuentra y cuente con los elementos indispensables para adoptar las medidas preventivas y correctivas necesarias, para propiciar las condiciones para que cada centro educativo, en el marco de su autonomía de gestión y con base en la normatividad vigente, desarrolle capacidades para la autoprotección y el autocuidado al educando.

Dichos protocolos deberán ser elaborados acorde a las necesidades en particular para ayudar a la preservación de los bienes muebles e inmuebles, la integridad corporal del personal directivo y administrativo, alumnos y padres de familia, profesores y de cualquier otra persona que acceda a los diferentes espacios públicos y privados en los que se imparta educación en el estado

La iniciativa se turnó para su análisis a las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social.

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